CAPÍTULO III · SISTEMAS HCE Y APLICACIONES DE BIENESTAR
Artículo 28Declaraciones
Queda prohibido utilizar en la ficha informativa, en las instrucciones de uso o en cualquier otra información que acompañe a los sistemas HCE, y en la publicidad de estos sistemas, textos, denominaciones, marcas comerciales, fotografías e imágenes u otros signos que puedan inducir a error a los usuarios profesionales tal como se definen en el artículo 3, punto 8, del Reglamento (UE) 2018/1807 del Parlamento Europeo y del Consejo (34) en cuanto a la finalidad prevista, la interoperabilidad y la seguridad de los sistemas por alguno de los siguientes medios:
atribuir al sistema HCE funciones y propiedades que no posee;
no informar al usuario profesional de las posibles limitaciones relacionadas con la interoperabilidad o las características de seguridad del sistema HCE en relación con su finalidad prevista;
sugerir usos del sistema HCE distintos de los que se indica que forman parte de la finalidad prevista en la documentación técnica.